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Pelear multas de tránsito y fotomultas

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Aprende como defenderte de fotomultas mal notificadas y pelear multas de tránsito vencidas (con mas de 6 ańos) incluso en cobro coactivo y hasta por embriaguez. También acuerdos de pago incumplidos.

Pelear multas de tránsito y fotomultas (Spanish)

¿Has recibido alguna multa de tránsito injusta o una fotomulta mal notificada? ¡No te preocupes! El canal @pelearmultas está aquí para ayudarte a aprender cómo defenderte de estas situaciones. En este canal, encontrarás información valiosa sobre cómo pelear multas de tránsito vencidas, incluso aquellas con más de 6 años de antigüedad, y también sobre cómo enfrentar fotomultas incorrectas. Además, te brindamos consejos sobre cómo lidiar con multas en cobro coactivo o por infracciones como la embriaguez al volante. No importa cuál sea tu situación, en @pelearmultas te ofrecemos asesoramiento para resolver tus problemas relacionados con multas de tránsito y fotomultas. ¡No dejes que una multa injusta arruine tu día, únete a nuestro canal y descubre cómo pelear por tus derechos de forma efectiva!

Pelear multas de tránsito y fotomultas

15 Nov, 21:35


Señores periodistas y público en general.

Desde la Veeduría de la Movilidad presentamos el día viernes 15 de Noviembre recurso de IMPUGNACIÓN ante el Tribunal Administrativo de Antioquia contra el fallo que prohibe el PASO DE MOTOS POR EL TUNEL de Oriente bajo los siguientes argumentos:

Resumen:

- No existen estudios validos que demuestren que el permitir el paso de motos por el túnel aumente la accidentalidad.

- ⁠Es primera vez en Colombia que se impone una restricción de este tipo.

- ⁠Se atenta contra el derecho fundamental a la igualdad.

- ⁠Se estaría imponiendo una restricción permanente que implicaría una modificación al Código Nacional de Tránsito.

Luego de 20 días hábiles el Tribunal emitirá respuesta y definirá si deja o no pasar motos por el Tunel de Oriente.

Agradecimiento especial al abogado de la Veeduría @carlos.echavarria.abogado por la elaboración del recurso.

Pelear multas de tránsito y fotomultas

31 Oct, 14:37


Niegan demanda de la Veeduría de la Movilidad del paso de motos por el Túnel de Oriente. Impugnaremos la decisión.

Pelear multas de tránsito y fotomultas

29 Oct, 16:15


🔴 Vencimiento multas de tránsito.

WhatsApp 320 625 93 42.
www.pelearfotomultas.com

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28 Oct, 14:48


Señalización retenes y puestos de control. Última versión del Manual de señalización vial resolución 20203040045005 del 17 de septiembre de 2024.
Debe decir que autoridad lo realiza y el tipo de retén, tener conos, luces balizas y no estar en curvas ni después de una curva.

Pelear multas de tránsito y fotomultas

25 Oct, 15:45


Victimas marchan contra los “tira-piedra”.

Pelear multas de tránsito y fotomultas

25 Oct, 15:45


https://youtu.be/9INEd2ryHow?si=-LC61utIeOx_NYT_

Pelear multas de tránsito y fotomultas

30 Sep, 21:02


https://youtu.be/UrCL92FHwQw?si=GxPSV__rY29yZ5Vh

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26 Sep, 00:05


Acabo de llegar a los 37.000 seguidores en Instagram. Gracias infinitas por su incondicional apoyo.🙏🫶

Pelear multas de tránsito y fotomultas

20 Sep, 20:50


Hoy es un gran día… como todos los días.

Pelear multas de tránsito y fotomultas

20 Sep, 14:41


https://youtu.be/Ga0WEWO4eU4?si=BiPKtjafgH1--M7Y

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09 Sep, 18:10


https://youtu.be/7zuGvaAxx8U?si=p2I8k8Ekvw2YxRAX

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29 Aug, 14:24


https://youtu.be/QA_SCnisiIY?si=Svf1uQBFf1jBVJAz

Pelear multas de tránsito y fotomultas

27 Aug, 16:09


🔴 SuperTransporte va a investigar a tránsitos que no suben a tiempo las multas al SIMIT.
Eso es ilegal tal como lo denuncié en mi libro “Como tumbar fotomultas” en el año 2016.
La ley establece dicha obligación en el artículo 93 del Código Nacional de Tránsito, modificado por el artículo 17 de la ley 1383 de 2.010, modificado a su vez por el artículo 204 del decreto 019 de 2012.
También el literal B del artículo 10 de la ley 1005 de 2006 modificado a su vez por el artículo 207 del decreto 019 de 2012.
Igualmente la resolución 584 de 2.010 establece que el SIMIT se llevará un 10% de infracciones pagadas.
Así las cosas, si los tránsitos no suben la información al SIMIT, fácilmente se pueden robar ese 10%.

Pelear multas de tránsito y fotomultas

08 Aug, 15:11


https://youtu.be/yVocMR9nXTE?si=iB3uBkRLhGlM78Jj

Pelear multas de tránsito y fotomultas

23 Jul, 14:38


🔴 NORMAS SOBRE LA PRESCRIPCIÓN DE MULTAS DE TRÁNSITO.

Las multas de tránsito prescriben a los 3 años y en cobro coactivo máximo a los 6.

Las normas que lo determinan son:

1 Artículo 159 del Código Nacional de Tránsito.
2 Artículo 818 del Estatuto Tributario.
3 Sentencia del Consejo de Estado 11001031500020150324800 del 11 de febrero del año 2016 CP Roberto Augusto Serrato Valdés.
4 Artículos 15 y 28 de la Constitución.
5 Sentencia C 240 de 1.994.
6 Artículos 7 y 8 de la Ley 1266 de 2008 (Ley de Habeas Data)
7 Artículos 10 y 100 de la ley 1437 de 2011.
8 Artículos 8 y 17 de la ley 1066 de 2006.
9 Concepto Ministerio de Transporte 20191340341551 del 17 de julio del año 2019.

Escrito por:

Mauricio Flórez.
Autor del libro “Como tumbar multas de tránsito”.
Veeduría de la Movilidad.

WhatsApp 320 625 93 42.
www.pelearfotomultas.com

Pelear multas de tránsito y fotomultas

22 Jul, 19:48


🔴 MULTAS DE TRÁNSITO VENCEN MÁXIMO A LOS 6 AÑOS (O ANTES) 🔴

Aprende que es la caducidad y la prescripción para saber si una infracción vence al año, a los 3 años o a los 6 años.

Asesorías para todo Colombia WhatsApp 320 625 93 42. www.pelearfotomultas.com

El artículo 159 del Código Nacional de Tránsito establece que los comparendos (no importa que sean fotodetecciones o comparendos por agente de tránsito) prescriben o sea que se vencen a los 3 años contados a partir de la fecha de comparendo.

Pero si les hacen cobro coactivo, o sea, embargos (de cuentas bancarias, salarios, propiedades, vehículos, etc.), se cuentan otros 3 años según artículo 818 del Estatuto Tributario.

Es decir que máximo a los 6 años cualquier multa debe dejar de existir.

Esto también aplica para acuerdos de pago incumplidos y multas por alcoholemia.

Esto lo confirma el Concepto del Ministerio de Transporte 20191340341551 del 17 de julio de 2019.

También la sentencia del Consejo de Estado 11001-03-15-000-2015-03248-00 del 11 de febrero de 2016 Consejero Ponente Roberto Augusto Serrato Valdés.

Otras normas que apoyan esto son el artículo 28 de la Constitución Política de Colombia y la sentencia C 240 de 1994.

Igualmente el artículo 15 de la Constitución y los artículos 7 y 8 de la ley 1266 de 2008 o Ley de Habeas Data establecen el derecho de todos los ciudadanos a que se corrija la información que reposa sobre ellos en las bases de datos.

A todo lo anterior se le llama prescripción.
Ahora, en cuanto al tema de la caducidad, el artículo 11 de la ley 1843 de 2017 establece un comparendo (sea por agente de tránsito o fotodetección) al cual no se le haga audiencia y se emita resolución sancionatoria dentro del primer año, caduca, es decir, lo deben eliminar.

Para mas claridad del lector, para saber si aplica la prescripción debe ingresar al SIMIT. Busca en Google Verificar SIMIT (no ingresar a ningún otro sitio web de la alcaldía u otro parecido, solo ingresar al SIMIT).
Debe mirar primero el cuadro que dice Fecha Comparendo (no confundir con la Fecha Resolución o Fecha Notificación). Luego mira el cuadro donde dice Estado. Si el comparendo tiene mas de 3 años y en estado dice Pendiente de pago, aplicaría la prescripción de los 3 años de que trata el artículo 159 del Código Nacional de Tránsito y se podría solicitar que sea eliminado del SIMIT.

Si el comparendo dice Cobro Coactivo en el cuadro “Estado”, deberá esperar a que cumpla 6 años y en ese momento podrá pedir que lo eliminen por prescripción.

Recuerde que eso también aplica para acuerdos de pago incumplidos y multas por alcoholemia.

Y para saber si aplica la caducidad, debe mirar en le cuadro “Fecha Comparendo”. Luego verificar que en los cuadros de los lados no diga “Resolución”. Si el comparendo tiene mas de un año y no hay resolución podrá solicitar que apliquen la caducidad de la que trata el artículo 11 de la ley 1843 de 2017.

Ahora bien, para solicitar la caducidad o la prescripción al organismo de tránsito deberá solicitarlo mediante derecho de petición. Si le es negada deberá posteriormente interponer medio de control de cumplimiento. Si eso tampoco funciona deberá impugnar. Si no funciona deberá solicitar audiencia de conciliación extrajudicial en la Procuraduría para luego interponer medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho. También poner queja ante la Superintendencia de Puertos y Transporte. Si nada de eso funciona deberá interponer denuncia en la Fiscalía por el delito de prevaricato por omisión y remitir a los entes de control (Personería y Oficina de Control Interno y Disciplinario). Incluso mas adelante puede volver a solicitar la caducidad o la prescripción enviando otro derecho de petición.

NOTA 1: En cuanto a las multas por alcoholemia, una cosa es la suspensión o cancelación de la licencia de conducción y otra la prescripción de las multas. Son dos cosas independientes.

NOTA 2: Las fotodetecciones se pueden pelear tanto por caducidad y prescripción como por falta de plena identificación e indebida notificación.

Pelear multas de tránsito y fotomultas

22 Jul, 19:48


Escrito por Mauricio Flórez

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Pelear multas de tránsito y fotomultas

18 Jul, 18:21


https://youtu.be/_Z51YFBVNxg?si=0KubysfYvL_bKBNC

Pelear multas de tránsito y fotomultas

17 Jul, 21:31


https://www.instagram.com/p/C9ifVqlRi8A/?igsh=NHhwNDgxdTlhZmh1

Circular MinTransporte 20244000000407 del 5 de Julio de 2024.
1 - Tránsitos tienen máximo 24 horas para subir las fotodetecciones al SIMIT.
2 - No se puede aplicar la reincidencia para suspender la licencia de conducción por fotodetecciones pagadas.
3 - Quien asuma la culpa de la fotodetección puede ir al tránsito, hacer el curso y pagar sin que se lo impidan.

Mas info:
Mauricio Flórez (Autor del libro “Como tumbar multas de tránsito” y Veeduría de la Movilidad.

www.pelearfotomultas.com
WhatsApp: 320 625 93 42.