- Se establece una convocatoria unificada a petición de los ayuntamientos interesados.
- Los policías en prácticas portarán el arma reglamentaria (por fin).
- Cambios en las pruebas físicas, que pasan a ser genéricas sin grupos de edad.
- Se elimina la prueba de flexibilidad y se añade un circuito de agilidad.
- El hecho de que en el decreto se indiquen marcas "máximas o mínimas exigibles" abre una pequeña puerta de subjetividad a que los ayuntamientos en sus bases indiquen otras marcas.
- Se elimina el requisito de la altura.
- El anexo II.B no aclara si las pruebas para categorías superiores son obligatorias cuando se trate de promoción interna o únicamente cuando estas se provea por turno libre.
- No hay grandes cambios en el temario, lo único que en la descripción de los mismos se desglosa más y se eliminan varios temas de sociología. Se añade La Unión Europea.
- Puesto que la nueva Ley de Coordinación establece la obligación de eliminar a los vigilantes, se establece un temario específico para estos.
- Un cambio significativo en la prueba psicotécnica puesto que se elimina la entrevista personal y se añade una segunda fase "valoración de actitudes y perfil de personalidad" durante el curso de ingreso en el IESPA o escuelas municipales.
Entrará en vigor a los 20 días de su publicación y NO se aplicará a las bases que se haya publicado con anterioridad.